Retiro por condición de desempleo
La Junta Directiva acordó dejar sin efecto la inactivación voluntaria para ofrecer una alternativa acorde a la Ley del COLTRAS.
Vigente a partir del 1 de febrero 2023. Acuerdo VI-02, sesión ordinaria N°22-2022-O.
- Propuesta en respuesta a demanda de un grupo de personas en situación de desempleo y la prórroga de inactivaciones de forma recurrente.
- Es una figura existente en la Ley Orgánica (Artículo 19 del reglamento).
- Cumple con lo dispuesto en el artículo 20, 21 y 25 de la Ley orgánica del COLTRAS.
- Aplica de forma permanente y es posible solicitar la reactivación enviando una carta al correo recepcion@trabajosocial.or.cr y el pago de la colegiatura del mes.
- Persona en condición de morosidad puede optar por la figura siempre y cuando se encuentre al día o solicitando el estudio para arreglo de pago en los casos que corresponda al correo de cobros@trabajosocial.or.cr
- En caso necesario se podrá emitir certificación indicando que la persona se acoge al Retiro por situación de desempleo.
- No se pagan gastos de publicación en La Gaceta o de reincorporación.
- Personas que se encuentran en las filiales podrán gestionarlo por correo electrónico.
- Completar la boleta y enviarla correo recepcion@trabajosocial.or.cr