Reglamento de la Brigada de Emergencia

 

  1. Las personas profesionales en Trabajo Social que integren la Brigada de Emergencias, brindarán atención social de la más alta calidad sustentadas en enfoques de derechos, de género, desarrollo sostenible, los principios filosóficos de Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica y los principios rectores de la Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030. La brigada se vinculará con dicha política, por medio del Sistema Nacional de Gestión del riesgo que delimita laLey No. 8488, al participar en los planes para la generación de resiliencia e inclusión social, participación y desconcentración para la gestión del riesgo y en la educación y gestión del conocimiento e innovación.
  2. Los servicios que se brinden deben estar en consonancia con las políticas nacionales sobre emergencias y desastres, establecidos por la Comisión Nacional de emergencias y gestión del riesgo y el CATAPS.
  3. Establecer el marco de acción de la brigada de profesionales de COLTRAS, en la gestión del riesgo y en situaciones de emergencias y, a fin de que se optimice la atención social a la población usuaria.
  4. Contar con el protocolo respectivo que contenga el plan de acción de su intervención en forma estandarizada.
  5. Los procesos de atención social estarán sustentados en el modelo de gestión en riesgo.
  6. Se impulsará una cultura organizacional de servicio a las personas víctimas de la emergencia, con una atención dirigida hacia su participación en: a) La generación de resiliencia e inclusión social. b) La participación y desconcentración para gestión del riesgo y c) La educación y gestión del conocimiento e innovación.
  7. Las personas profesionales en Trabajo Social brindarán atención psicosocial en forma directa a las personas, aplicando la metodología que el CATAPS indique para ese fin, para lo cual su contacto para el ofrecimiento de su labor será con el CATS psicosocial que integra la Comisión Nacional de Emergencias. En este rubro se generará la resiliencia
  8. También brindarán asesoría y trabajo directo en organización de la comunidad con líderes comunales y otras organizaciones. El ofrecimiento será directamente con el COEE de la Comisión de Emergencias. En este se generará la participación comunal y desconcentrar las gestiones del ente central.
  9. Les compete dar asesoría en organización y administración de estancias temporales, instaladas en situación de emergencias. En este se generará la participación comunal y desconcentrar las gestiones del ente central.
  10. Deben procurar brindar educación y gestión del conocimiento e innovación a las comunidades, comités locales y otros en etapas posteriores de la emergencia